Qué son las deducciones fiscales por I+D+i
Las deducciones fiscales por I+D+i permiten a las empresas que tributan por el Impuesto sobre Sociedades reducir directamente su cuota íntegra entre un 12% y un 42% de los gastos en actividades de Investigación y Desarrollo (I+D) o Innovación Tecnológica (IT). Están reguladas por el artículo 35 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades y son compatibles con subvenciones públicas.
Hasta 42% en I+D
Deducción sobre gastos que superen la media de los 2 años anteriores.
12% en Innovación
Para proyectos de innovación tecnológica novedosos para la empresa.
18 años para aplicar
Las deducciones no utilizadas se pueden aplicar en ejercicios futuros.
Porcentajes de deducción y límites fiscales
| Concepto | I+D (Investigación y Desarrollo) | IT (Innovación Tecnológica) |
|---|---|---|
| Deducción base | 25% de los gastos del periodo | 12% de los gastos del periodo |
| Deducción incrementada | 42% sobre el exceso vs. media de 2 años anteriores | — |
| Personal investigador | +17% adicional sobre gastos de personal exclusivo en I+D | — |
| Inversiones en inmovilizado | 8% sobre inversiones en inmovilizado material e intangible afecto en exclusiva a I+D (excluidos edificios y terrenos) | — |
| Límite sobre cuota | Hasta 25% de la cuota íntegra (50% si gastos I+D > 10% de la cuota) | Hasta 25% de la cuota íntegra |
| Plazo de aplicación | 18 años siguientes | 18 años siguientes |
Ejemplo práctico: una empresa tuvo una media de 120.000€ de gastos de I+D en los dos ejercicios anteriores y realiza 200.000€ en el ejercicio actual. Aplicaría el 25% sobre los primeros 120.000€ (30.000€) y el 42% sobre los 80.000€ de exceso (33.600€): 63.600€ de deducción. Si dentro de esos gastos hay 80.000€ de investigadores cualificados dedicados en exclusiva a I+D, se suman 13.600€ por la deducción adicional del 17%. Deducción total: hasta 77.200€, sujeta a los requisitos y límites aplicables. El 42% no se aplica a todos los gastos de I+D, solo al exceso sobre la media de los dos ejercicios anteriores.
Maximiza tu ahorro: deducciones, bonificaciones y Patent Box
Informe Motivado Vinculante (IMV)
Informe emitido por el CDTI o ENISA que certifica la naturaleza I+D o IT del proyecto. Vincula a la Agencia Tributaria: si tienes un IMV favorable, Hacienda no puede cuestionar la calificación del proyecto. Es la mejor garantía de seguridad jurídica.
Bonificaciones Seguridad Social
Reducción del 40% en las cuotas empresariales a la Seguridad Social por personal investigador dedicado en exclusiva a actividades de I+D+i. Compatible con las deducciones fiscales para Pymes Innovadoras certificadas.
Patent Box
Exención del 60% de las rentas procedentes de la cesión o transmisión de patentes, modelos de utilidad y otros activos intangibles derivados de I+D+i. Reduce el tipo efectivo sobre los ingresos por propiedad industrial.
Ver Patent Box →Compatibilidad total: las deducciones fiscales I+D+i son compatibles con subvenciones de ENISA y CDTI (incluido NEOTEC). Una startup puede recibir un préstamo ENISA, una subvención NEOTEC y aplicar deducciones sobre los gastos de I+D no cubiertos por subvención. La combinación de instrumentos es la estrategia más eficiente. Consulta también nuestra guía sobre la bonificación a la Seguridad Social por personal investigador.
Quién puede aplicar deducciones fiscales por I+D+i
Quién puede aplicarlas
Cómo garantizar la seguridad jurídica
Qué proyectos pueden generar deducciones fiscales por I+D+i
El incentivo puede aplicarse a proyectos de sectores muy distintos. Lo determinante no es la actividad en sí, sino que cumpla las definiciones fiscales de I+D o Innovación Tecnológica del Art. 35 LIS y que los gastos estén correctamente justificados e individualizados por proyecto.
Desarrollo de software avanzado
La creación y configuración de software avanzado puede ser actividad de I+D cuando se destina a productos, procesos o servicios nuevos o sustancialmente mejorados. No incluye el mantenimiento rutinario ni las actualizaciones menores.
Hasta 42% en I+DNuevos productos o materiales
El desarrollo de nuevos productos o materiales puede considerarse actividad de I+D. También pueden incluirse determinados prototipos no comercializables y proyectos piloto.
Hasta 42% en I+DMejora tecnológica de procesos
Una mejora tecnológica sustancial de un proceso existente puede encajar como actividad de I+D siempre que cumpla los criterios técnicos del Art. 35 LIS.
Hasta 42% en I+DInnovación tecnológica
El desarrollo de nuevos productos o procesos —o mejoras sustanciales de los existentes— puede calificarse como Innovación Tecnológica cuando supone un avance según el Art. 35.2 LIS.
12% en ITPerfiles de empresa que más se benefician
Startup tecnológica
Tipo reducido del 15% en IS durante los primeros 2 ejercicios con beneficios. Combina las deducciones I+D+i con NEOTEC (subvención a fondo perdido) y ENISA (préstamo participativo) para maximizar la financiación no dilutiva en fase temprana.
Ver NEOTEC →Pyme con departamento de I+D
El perfil con mayor ahorro potencial. Aplica la deducción incrementada del 42% + el 17% adicional por personal investigador + bonificaciones SS del 40%. Una pyme con 5 investigadores puede ahorrar más de 150.000€ anuales entre deducciones y bonificaciones.
Empresa con patentes
Si tu empresa genera propiedad industrial (patentes, modelos de utilidad), el Patent Box permite una exención del 60% sobre las rentas de cesión. Combinado con las deducciones por los gastos de I+D que generaron esas patentes, el retorno fiscal es excepcional.
Ver Patent Box →Cómo aplicar las deducciones fiscales I+D+i paso a paso
Identificación de actividades elegibles
Análisis de los proyectos y actividades de la empresa para determinar cuáles cumplen la definición de I+D o Innovación Tecnológica del Art. 35 LIS. No todo lo que parece innovación califica — la distinción técnica es clave.
Fase inicialCertificación y seguridad jurídica
Obtención del Informe Motivado Vinculante (IMV) del CDTI o certificación por entidad acreditada ENAC. Este paso es opcional pero altamente recomendable: blinda la deducción ante una eventual inspección de Hacienda.
2-4 mesesCuantificación y aplicación
Cálculo preciso de la base de deducción por proyecto, aplicación de los porcentajes correspondientes (25%, 42%, 17%) y reflejo en la declaración del Impuesto de Sociedades. Requiere separación contable rigurosa.
Declaración IS (modelo 200)Documentación y soporte
Mantenimiento de la documentación de soporte: memorias técnicas, hojas de tiempo, facturas, informes de auditor. La Agencia Tributaria puede revisar las deducciones aplicadas dentro del plazo de prescripción.
ContinuoPreguntas frecuentes sobre deducciones fiscales I+D+i
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