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Incentivo Fiscal · Art. 35 LIS

Deducciones Fiscales I+D+i: Ahorra Hasta un 42% en el Impuesto de Sociedades

El incentivo fiscal más potente para empresas innovadoras en España. Sin concurrencia competitiva, sin plazos de convocatoria, compatible con subvenciones CDTI y ENISA.

Art. 35 LIS·Agencia Tributaria·Informes Motivados CDTI·Certificaciones ENAC
Qué Son

Qué son las deducciones fiscales por I+D+i

Las deducciones fiscales por I+D+i permiten a las empresas que tributan por el Impuesto sobre Sociedades reducir directamente su cuota íntegra entre un 12% y un 42% de los gastos en actividades de Investigación y Desarrollo (I+D) o Innovación Tecnológica (IT). Están reguladas por el artículo 35 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades y son compatibles con subvenciones públicas.

Hasta 42% en I+D

Deducción sobre gastos que superen la media de los 2 años anteriores.

12% en Innovación

Para proyectos de innovación tecnológica novedosos para la empresa.

18 años para aplicar

Las deducciones no utilizadas se pueden aplicar en ejercicios futuros.

Porcentajes

Porcentajes de deducción y límites fiscales

ConceptoI+D (Investigación y Desarrollo)IT (Innovación Tecnológica)
Deducción base25% de los gastos del periodo12% de los gastos del periodo
Deducción incrementada42% sobre el exceso vs. media de 2 años anteriores
Personal investigador+17% adicional sobre gastos de personal exclusivo en I+D
Límite sobre cuotaHasta 25% de la cuota íntegra (50% si gastos I+D > 10% de la cuota)Hasta 25% de la cuota íntegra
Plazo de aplicación18 años siguientes18 años siguientes

Ejemplo práctico: una empresa con 200.000€ en gastos de I+D que superen la media de los dos ejercicios anteriores podría deducir hasta 84.000€ (42%) de su cuota del Impuesto de Sociedades. Si además tiene 80.000€ en personal investigador exclusivo, la deducción adicional sería de 13.600€ (17%). Ahorro fiscal total: hasta 97.600€.

Instrumentos Complementarios

Maximiza tu ahorro: deducciones, bonificaciones y Patent Box

Informe Motivado Vinculante (IMV)

Informe emitido por el CDTI o ENISA que certifica la naturaleza I+D o IT del proyecto. Vincula a la Agencia Tributaria: si tienes un IMV favorable, Hacienda no puede cuestionar la calificación del proyecto. Es la mejor garantía de seguridad jurídica.

Bonificaciones Seguridad Social

Reducción del 40% en las cuotas empresariales a la Seguridad Social por personal investigador dedicado en exclusiva a actividades de I+D+i. Compatible con las deducciones fiscales para Pymes Innovadoras certificadas.

Patent Box

Exención del 60% de las rentas procedentes de la cesión o transmisión de patentes, modelos de utilidad y otros activos intangibles derivados de I+D+i. Reduce el tipo efectivo sobre los ingresos por propiedad industrial.

Compatibilidad total: las deducciones fiscales I+D+i son compatibles con subvenciones de ENISA y CDTI (incluido NEOTEC). Una startup puede recibir un préstamo ENISA, una subvención NEOTEC y aplicar deducciones sobre los gastos de I+D no cubiertos por subvención. La combinación de instrumentos es la estrategia más eficiente.

Requisitos

Quién puede aplicar deducciones fiscales por I+D+i

Quién puede aplicarlas

Cualquier empresa que tribute por el Impuesto sobre Sociedades
Actividades que cumplan la definición de I+D o IT del Art. 35 LIS
Gastos directamente vinculados al proyecto de I+D o IT
No es necesario tener departamento de I+D formal
Compatible con subvenciones públicas (CDTI, ENISA, NEOTEC)
Aplicable incluso si la empresa tiene pérdidas (plazo de 18 años)

Cómo garantizar la seguridad jurídica

Obtener un Informe Motivado Vinculante (IMV) del CDTI
Certificación por entidad acreditada por ENAC
Documentación detallada del proyecto: objetivos, metodología, resultados
Separación contable de gastos de I+D e IT
Informe de auditor independiente sobre los gastos deducidos
Conservar documentación durante el plazo de prescripción (4 años + ejercicio)
¿Es Para Ti?

Perfiles de empresa que más se benefician

Startup tecnológica

Tipo reducido del 15% en IS durante los primeros 2 ejercicios con beneficios. Combina las deducciones I+D+i con NEOTEC (subvención a fondo perdido) y ENISA (préstamo participativo) para maximizar la financiación no dilutiva en fase temprana.

Ver NEOTEC →

Pyme con departamento de I+D

El perfil con mayor ahorro potencial. Aplica la deducción incrementada del 42% + el 17% adicional por personal investigador + bonificaciones SS del 40%. Una pyme con 5 investigadores puede ahorrar más de 150.000€ anuales entre deducciones y bonificaciones.

Empresa con patentes

Si tu empresa genera propiedad industrial (patentes, modelos de utilidad), el Patent Box permite una exención del 60% sobre las rentas de cesión. Combinado con las deducciones por los gastos de I+D que generaron esas patentes, el retorno fiscal es excepcional.

Proceso

Cómo aplicar las deducciones fiscales I+D+i paso a paso

01

Identificación de actividades elegibles

Análisis de los proyectos y actividades de la empresa para determinar cuáles cumplen la definición de I+D o Innovación Tecnológica del Art. 35 LIS. No todo lo que parece innovación califica — la distinción técnica es clave.

Fase inicial
02

Certificación y seguridad jurídica

Obtención del Informe Motivado Vinculante (IMV) del CDTI o certificación por entidad acreditada ENAC. Este paso es opcional pero altamente recomendable: blinda la deducción ante una eventual inspección de Hacienda.

2-4 meses
03

Cuantificación y aplicación

Cálculo preciso de la base de deducción por proyecto, aplicación de los porcentajes correspondientes (25%, 42%, 17%) y reflejo en la declaración del Impuesto de Sociedades. Requiere separación contable rigurosa.

Declaración IS (modelo 200)
04

Documentación y soporte

Mantenimiento de la documentación de soporte: memorias técnicas, hojas de tiempo, facturas, informes de auditor. La Agencia Tributaria puede revisar las deducciones aplicadas dentro del plazo de prescripción.

Continuo
Preguntas Frecuentes

Preguntas frecuentes sobre deducciones fiscales I+D+i

¿Cuál es la diferencia entre I+D e Innovación Tecnológica?+
La Investigación y Desarrollo (I+D) implica la generación de conocimiento nuevo o sustancialmente mejorado a nivel mundial. La Innovación Tecnológica (IT) se refiere a avances novedosos para la propia empresa, aunque ya existan en el mercado. La I+D deduce entre el 25% y el 42%; la IT, un 12%. La distinción es técnica y conviene certificarla para evitar reclasificaciones por Hacienda.
¿Necesito un Informe Motivado Vinculante?+
No es obligatorio, pero es altamente recomendable. El IMV emitido por el CDTI vincula a la Agencia Tributaria sobre la calificación del proyecto como I+D o IT. Sin él, Hacienda puede cuestionar la naturaleza de las actividades en una inspección. Con él, la seguridad jurídica es total sobre la calificación (no sobre los importes, que requieren justificación contable).
¿Son compatibles con subvenciones CDTI o ENISA?+
Sí, son plenamente compatibles. La única restricción es que no puedes deducir los gastos que hayan sido financiados por una subvención a fondo perdido. Ejemplo: si NEOTEC te financia 175.000€ de un presupuesto de 250.000€, puedes aplicar deducciones sobre los 75.000€ restantes (más cualquier otro gasto de I+D no cubierto por la subvención). Consulta nuestras guías sobre NEOTEC y ENISA.
¿Qué pasa si Hacienda revisa mi deducción?+
Si dispones de un Informe Motivado Vinculante, la Agencia Tributaria no puede cuestionar la calificación del proyecto. Solo puede revisar los importes y la documentación contable. Sin IMV, Hacienda puede reclasificar actividades de I+D como IT (reduciendo la deducción del 42% al 12%) o denegarla por falta de evidencia técnica.
¿Se pueden aplicar si la empresa tiene pérdidas o cuota insuficiente?+
Sí. Las deducciones por I+D+i no utilizadas en un ejercicio se pueden aplicar en los 18 ejercicios siguientes. Si la empresa tiene pérdidas hoy, las deducciones se acumulan y se aplican cuando genere cuota suficiente. Además, existe la opción de monetización: solicitar el abono a la Agencia Tributaria con un descuento del 20% sobre el importe de la deducción.
¿Cuánto tarda el proceso completo?+
La identificación de actividades y cuantificación puede completarse en 4-6 semanas. La obtención del IMV tarda entre 2 y 4 meses. La aplicación se realiza en la declaración anual del Impuesto de Sociedades. En total, desde el análisis inicial hasta el ahorro fiscal efectivo: 3-6 meses.

Explora otros instrumentos

ENISA

Préstamo participativo sin avales

Hasta 1,5M€ para startups y pymes. Compatible con deducciones fiscales.

NEOTEC

Subvención a fondo perdido para startups

Hasta 325.000€ del CDTI para empresas de base tecnológica de menos de 6 años.

CDTI

Proyectos I+D con tramo no reembolsable

Los gastos de proyectos CDTI son base para deducciones fiscales I+D+i.

HORIZONTE EUROPA

EIC Accelerator: hasta 2,5M€ en subvención

Financiación europea para tecnología disruptiva. Complementa la estrategia fiscal nacional.

PRÉSTAMO INDUSTRIAL

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