El pasado sábado 20 de octubre se publicaron las nuevas bases de ayuda que regirá el programa Reindus, el Programa de Ayudas para la Reindustrialización y fortalecimiento de la competitividad industrial, incorporando novedades interesantes para todas aquellas empresas que busquen financiar sus inversiones.
Empecemos.
Características de la Ayuda
Esta ayuda se otorga como PRÉSTAMO.
Da cobertura hasta el 75% de las inversiones, con un máximo de tres veces los Fondos Propios para empresas sin historial significativo (gastos o ventas inferiores a 160.000 €) o 5 veces los Fondos Propios para el resto, condicionado al riesgo vivo por préstamos anteriores.
En la Convocatoria 2018 se establecerán tres tramos de tipo de interés según la clasificación del beneficiario.
Se mantiene la exigencia de presentación de un aval, a presentar antes de la Resolución, y no en el momento de la Solicitud. El importe del aval es un porcentaje sobre el préstamo concedido mas los intereses a devengar: 10% para empresas con calificación “excelente”, 41% para las que tengan calificación “buena” y 70% para las que tengan calificación “satisfactoria”.
El plazo de amortización es de diez años con tres de carencia, con amortizaciones anuales.
Si comisiones de ningún tipo
Cambios más significativos
tienen que ver con la tipología de beneficiario y los criterios de valoración y la calificación financiera de la empresa para el fomento de la competitividad.
Vamos a comentar lo más importante:
Desaparece el concepto de empresas sin histórico, es decir, entidades que no habían cerrado ningún año fiscal y que se habían constituido en el año en curso.
Y aparece el concepto de ‘empresas sin cuentas históricas significativas’ que son aquellas que, o no cumplen ninguna razón o sólo una de ellas:
– Que los gastos calculados como suma de aprovisionamientos, personal y otros gastos de explotación, de las 2 anualidades anteriores a la de la solicitud sean inferiores a 160.000 euros.
– Que la cifra neta de negocios de la anualidad anterior a la de solicitud sea inferior a 160.000 euros.
Este cambio me parece acertado, ya que nos encontrábamos muchas veces con empresas constituidas en los dos años anteriores a la convocatoria, por lo tanto, sin información financiera relevante, que se veían perjudicadas por incumplir los ratios de solvencia, al ser equiparadas a empresas con bagaje.
Con esta nueva situación, y dado que los ratios para empresas sin cuentas históricas significativas se centran en facturación, deuda y fondos propios, se hace más fácil superar el umbral.
Por otro lado, desaparecen las zonas privilegiadas, es decir, aquellas que tenían un presupuesto específico.
Ahora en estas nuevas bases, pasa haber una sola zona general, en el que todas las empresas deben concurrir en igualdad de condiciones.
Desde mi punto de vista, no me parece acertado este cambio, ya que la estructura anterior facilitaba el proceso de Reindustrialización en zonas con baja inversión industrial o menor renta per-cápita, como la bahía de Cádiz o el campo de Gibraltar, e incentivaba la reindustrialización y fomento de este tipo de regiones.
La razón que esgrime el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo tiene que ver con la dificultad de establecer a priori un esquema de distribución territorial del gasto, olvidando que incentivar la industrialización de zonas deprimidas es un elemento fundamental de los fondos FEDER y que se pueden establecer numerosos métodos para, mantener la equidad en cuanto a la selección de los mejores proyectos y el hecho de incentivar a determinadas áreas geográficas. Por ejemplo, podemos mantener una zona única, pero establecer características económicas mejoradas para aquellas zonas más deprimidas, como reducir el nivel de garantías o el tipo de interés aplicado.
He mencionado que el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo quiere que todas las empresas concurran en igualdad de condiciones por eso los proyectos se van a evaluar bajo unos indicadores y ratios económicos, referenciados por su CNAE, según los ratios sectoriales que maneja el Banco de España y que permite cualificar cada uno de los ratios / indicadores en niveles Q1, Q2, Q3 y en adelante.
Respecto de esta novedad, me parece muy acertada, ya que en convocatorias anteriores nos podíamos encontrar empresas con ratios de viabilidad económica y financiera adecuada, pero que al tener una cualificación más genérica eran penalizadas y no llegaban a la valoración de Excelente, por lo que la financiación era superior.
Criterios de evaluación de los proyectos de inversión
El desglose de los criterios de evaluación es:
- Los ratios de solvencia financiera tienen un peso mucho más fuerte (65%)
- Viabilidad de la propuesta (23%)
- Tipología de proyecto (12%)
Es mala noticia, ya que se observa que buscan empresas financieramente muy sólidas para que opten a este tipo de ayuda, cuando estás apuestan por ayudas a fondo perdido, como los incentivos regionales o ayudas regionales a la inversión.
La valoración de los ratios económico / financieros no sólo afecta a los criterios de valoración, sino también al nivel de avales / garantías, de tal manera que las empresas con solvencia financiera ‘excelente’ se les requerirá un aval del 10%, una vez resuelta la convocatoria. A empresas con solvencia financiera ‘buena’ un 41% y a las empresas con solvencia ‘satisfactoria’ un 70%.
Con la nueva estructura de avales y el tipo de financiación único (se espera que ronde el 1,25% – 1,5%), el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo espera que sea la solvencia y la situación financiera la que nivele la financiación final del proyecto.
Esta situación en inicio parece adecuada, pero hay que verla con la perspectiva de la experiencia y de la tipología de empresas que suelen acudir a este tipo de convocatoria de ayuda. Por regla general, las empresas que suelen concurrir al programa de Reindustrialización son empresas que no pueden acudir a una financiación bancaria, por su nivel de endeudamiento, por ser empresas de reciente creación y reducido histórico, o por el periodo de carencia y devolución de la financiación.
Con estas características, considero que sólo aquellas empresas que tengan una situación económica / financiera excelente o satisfactoria (aquella que ronde el 10% o 41% de avales), tendrá viabilidad de hacer frente a las garantías, ya que obtener un aval del 70% se puede hacer muy cuesta arriba. Bien es cierto que existen estrategias para poder alcanzar dicho nivel de avales, reduciendo la pignoración exigida, pero para ello se requiere un conocimiento del mercado financiero extenso y profundo.
Si tienes o trabajar en un proyecto de competitividad industrial y crees que podemos ayudarte contacta con nosotros.