La liberación de garantías se realiza por tres casos:
1. Por cuota satisfecha
2. Por sustitución de garantías
3. Por ajuste del presupuesto financiable
El primer caso se produce cuando la empresa beneficiaria ha atendido la cuota a devolver de la deuda que contrajo con el organismo concedente.
Mientras que una empresa solicita una sustitución cuando aporta nuevas garantías, puesto que ha obtenido mejores condiciones económicas de otra entidad financiera.
En estos dos casos, la cancelación de las garantías es total, es decir, se libera el importe total del aval.
Sin embargo, en el caso de la cancelación por sustitución, se deberá haber depositado previamente en la Caja General de Depósitos del Tesoro Público unas garantías con las mismas características que los avales a sustituir.
El organismo revisará que las nuevas garantías se hayan realizado correctamente y, a partir de ahí, emitirá la cancelación.
En este supuesto, habrá que tener en cuenta que se debe mantener dos garantías durante el tiempo que se prolongue la tramitación de la cancelación del aval por parte del organismo concedente.
Por último, en el caso de ayudas que solicitan un aval previo a la concesión, como era el caso de Reindustrialización hasta la convocatoria de 2017, la empresa debe constituir garantías sobre el presupuesto solicitado y tras resolución de concesión, si el presupuesto financiable es inferior al solicitado, el organismo emite una cancelación por ajuste liberando, en este caso, parte de la garantía depositada.
Por tanto, la cancelación de la garantía será parcial y se mantendrá otra parte depositada en el Tesoro Público.
¿Cómo se gestiona la liberación de los avales?
El organismo concedente de la ayuda, una vez que la empresa beneficiaria ha cumplido con sus obligaciones técnicas y económicas (incluyendo los intereses naturales y de demora), emitirá una notificación de cancelación de garantías para la empresa beneficiaria y una orden de cancelación de garantías para la Caja General de Depósitos.
Es importante destacar que si la ayuda concedida es de ámbito nacional, la gestión de la liberación de garantías se llevará ante la Caja General de Depósitos, organismo vinculado a la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad.
La Caja General cuenta con una sede central en Madrid y con sucursales distribuidas por todo el territorio nacional, que se encuadran en las Delegaciones de Economía y Hacienda.
Si la ayuda fue concedida por un ente regional o autonómico, la liberación de garantías se gestionará mediante las Cajas de Depósitos de las Comunidad Autónomas.
En caso de que las garantías depositadas se hubieran realizado en efectivo, una vez validada la orden de liberación, los recursos serán ingresados en la cuenta dada de alta en el momento de presentación de las garantías.
Si la empresa constituyó garantías mediante avales, bien a través de banco, Sociedad de Garantía Recíproca o seguro de caución, el Tesoro Público tramitará la orden recibida del organismo concedente de la ayuda y, una vez registrada, la empresa podrá retirar el aval de la Caja de Depósitos