Deducciones Fiscales
Es un instrumento económico articulado por la Administración Pública para fomentar e impulsar la innovación empresarial, incentivar la iniciativa del sector privado y fomentar la I+D+i empresarial mediante la reducción de impuestos.
Características Deducciones Fiscales
- Investigación es toda indagación original y planificada que persiga descubrir nuevos conocimientos y una superior comprensión en el ámbito científico y tecnológico.
- Desarrollo es la aplicación de los resultados de la investigación o de otros conocimientos científicos para la fabricación de nuevos materiales o productos o para el diseño de nuevos procesos o sistemas de producción, así como para la mejora tecnológica sustancial de materiales, productos, procesos y sistemas preexistentes. También se consideran como investigación y desarrollo a la creación, combinación y configuración de software avanzado, mediante nuevos teoremas y algoritmos o sistemas operativos, lenguajes, interfaces y aplicaciones destinados a la elaboración de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados sustancialmente.
- Innovación tecnológica es el avance tecnológico en la obtención de nuevos productos o procesos de producción, es decir, características o aplicaciones que difieran sustancialmente de las existentes, o mejoras sustanciales de los existentes.
- Diagnóstico tecnológico para a la identificación, la definición y la orientación de soluciones tecnológicas avanzadas.
- Diseño industrial e ingeniería de procesos de producción.
- Elaboración de muestrarios textiles, de la industria del calzado, del curtido, de la marroquinería, del juguete, del mueble y de la madera.
- Adquisición de tecnología avanzada en forma de patentes, licencias, «know-how» y diseños.
- Obtención del certificado de cumplimiento de las normas de aseguramiento de la calidad.
Son elegibles los importes de los gastos destinados directamente relacionados con las actividades descritas anteriormente. Estos gastos deben ser directos, individualizados por proyectos y deben desarrollarse en España o en cualquier Estado miembro de la UE o Espacio Económico Europeo. Las deducciones fiscales por I+D+i son compatibles con cualquier tipo de financiación, pero estas minorarán la base de la deducción en el 100% del importe imputable como ingreso en el período impositivo. El porcentaje de aplicación sobre la base de la deducción dependerá de la calificación científico-tecnológica de las actividades realizadas.
- I+D: 25% sobre la base de la deducción y un 17% adicional para el exceso de esta sobre la media de los dos años anteriores. Además, un 17% adicional en para la partida de personal investigador con dedicación exclusiva I+D y un 8% de la inversión en inmovilizado material e intangible utilizada exclusivamente en I+D, excluidos inmuebles y terrenos.
- iT: 12% sobre la base de la deducción.
Todas las deducciones generadas por actividades de I+D+i tiene un plazo de aplicación de 18 años, desde el ejercicios fiscal de su generación.
En todo caso, si las empresas presentan insuficiencia de cuota, se podrá solicitar su abono a la Administración tributaria, con un máximo de 3 millones de euros, pudiendo ser 1 millón por actividades catalogadas como de innovación tecnológica. Las empresas cuyos gastos de I+D sean superiores al 10% del importe neto de la cifra de negocios podrán elevar la deducción de 3 a 5 millones de euros.
Trabajadores comprometidos
Clientes Satisfechos
Recursos Gestionados
- Identificamos el proyecto 20%
- Buscamos vías de financiación 20%
- Solicitamos las ayudas 20%
- Obtenemos las ayudas 25%
- Justificamos las ayudas 20%